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Regulación

Licencia de Apuestas (Autorización Federal)

La licencia de apuestas es la autorización federal emitida por la SPA/Ministerio de Hacienda bajo la Ley 14.790/2023, concedida por un plazo de 5 años mediante el pago de una tasa de otorgamiento de R$ 30 millones (R$ es el real brasileño), que cubre hasta 3 marcas comerciales por acto de autorización, además de exigencias societarias, técnicas y financieras que la empresa debe demostrar y mantener durante toda la operación.

Otorgamiento de apuestas · Autorización federal de apuestas · Licencia SPA

Qué exige la licencia

La licencia de apuestas no es un documento único, sino el resultado de tres bloques de exigencias que deben cumplirse en conjunto — fallar en cualquiera de ellos impide o suspende la autorización.

BloqueQué exige la SPA
SocietarioPersona jurídica constituida en Brasil — una Ltda. (sociedad de responsabilidad limitada) o una S.A. (sociedad anónima) —, con CNPJ activo (el número de identificación fiscal de las empresas en Brasil), sede nacional y demostración de conocimiento y experiencia en el sector de juegos, apuestas o loterías por parte de al menos un integrante del grupo de control
TécnicoInfraestructura de tecnología robusta, juegos de proveedores certificados, estructura de atención al apostador y servicio de atención de reclamaciones, y capacidad de generar informes auditables
FinancieroComprobación de capacidad económica y financiera, documentación contable y pago de la tasa de otorgamiento

Ninguno de estos bloques reemplaza al otro: una empresa con capital sólido pero con una plataforma técnicamente no conforme no recibe autorización — y lo inverso también es cierto.

Qué cubre la tasa de otorgamiento

La Ley 14.790/2023 limita la tasa de otorgamiento a un máximo de R$ 30 millones, considerando el uso de 3 marcas comerciales explotadas por la persona jurídica en sus canales electrónicos por acto de autorización (art. 12, párrafo único). La Portaria SPA/MF n.º 827/2024 —"portaria" es el acto normativo infralegal que dicta la Secretaría— fijó ese valor completo: la autorización se concede con un plazo de duración de 5 años, mediante el pago de R$ 30 millones, considerando el límite de hasta tres marcas por acto de autorización (art. 5, I).

El detalle que importa es que el tope de tres marcas es por acto de autorización, no por empresa. Un grupo que quiera operar más de tres marcas debe solicitar autorizaciones adicionales y, por cada acto concedido, volver a pagar R$ 30 millones de otorgamiento, R$ 5 millones de reserva financiera y R$ 15 millones de capital social integrado (Portaria SPA/MF n.º 827/2024, art. 11, § 4).

En cuanto al final del período de 5 años: ni la Ley 14.790/2023 ni la Portaria SPA/MF n.º 827/2024 establecen un procedimiento de renovación de la autorización. El operador que planifique la continuidad de la operación después de ese plazo debe confirmar las condiciones vigentes ante la SPA/MF y con asesoría jurídica, en lugar de dar por supuesta una renovación automática.

La tasa de otorgamiento es solo uno de los costos de entrada — se suma a ella la estructura societaria, el cumplimiento técnico de la plataforma y la comprobación financiera continua, que juntos conforman la inversión real necesaria para entrar en el mercado regulado.

¿Existe diferencia entre licencia federal y estatal?

Sí, y la diferencia es territorial, no de exclusividad. Al juzgar las ADPF 492 y 493 y la ADI 4986, el STF (Supremo Tribunal Federal, la corte constitucional de Brasil) descartó el monopolio de la Unión sobre los servicios de lotería: los estados también pueden explotarlos. El límite llegó después. En la ACO 3696, ratificada por el Pleno en sesión virtual cerrada el 28/02/2025, el STF ordenó a la Loterj y al Estado de Río de Janeiro dejar de recibir apuestas de cuota fija realizadas fuera de su territorio, con el entendimiento de que los estados tienen competencia para explotar y regular la actividad de lotería exclusivamente en sus territorios, y que solo la Unión puede explotar ese servicio en un formato que exceda los límites estatales. Luego, en la ADI 7640, juzgada el 12/09/2025, el STF anuló las restricciones que impedían a un mismo grupo económico explotar loterías en más de un estado y que limitaban la publicidad de esos servicios al territorio del ente autorizador.

Qué significa esto en la práctica: una autorización de lotería estatal solo alcanza a apostadores dentro del respectivo estado. Para una operación de cuota fija con público nacional — sportsbook, casino online, crash games —, la autorización que vale es la federal de la SPA/MF, y la licencia estatal no es un sustituto. Sostener una actuación nacional con base en una acreditación estatal sigue siendo objeto de cuestionamiento regulatorio y judicial.

Qué pasa con quien opera sin licencia

Operar sin la autorización de la SPA/MF dejó de ser una zona gris tolerada. Las plataformas no licenciadas que aceptan apostadores brasileños están sujetas al bloqueo de acceso por parte de los proveedores de internet, restricciones en los medios de pago — incluyendo el corte del acceso al PIX, la principal vía de depósito y retiro en el país — y otras sanciones previstas por ley.

Ese cerco se estrechó en 2025 y 2026. La Ley n.º 15.358/2026 incorporó a la Ley 14.790/2023 el art. 21-A, que obliga a las instituciones financieras y de pago a bloquear las cuentas de operadores irregulares detectados por la autoridad competente, y los arts. 24-A a 24-C, que imponen integración con sistemas de intercambio de indicios de fraude, diligencia reforzada y mecanismos específicos dentro del arreglo de pagos PIX; también pasó a tipificar como infracción administrativa la difusión de publicidad de un operador no autorizado (art. 39, XII, y art. 40, III). El Decreto n.º 13.033/2026 reglamentó el art. 21-A, detallando el procedimiento de bloqueo de cuentas y de decomiso de valores en favor de la Unión. Y la Ley Complementaria n.º 224/2025, art. 6, hizo solidariamente responsables por los tributos de la actividad tanto a las instituciones de pago que den curso a transacciones con operadores no autorizados tras una comunicación formal como a quienes difundan publicidad de esos operadores. El efecto combinado convierte a la informalidad en una opción con riesgo legal, financiero y reputacional creciente, y no en una alternativa viable a mediano plazo.

Para quien está entrando al mercado, la licencia debe tratarse como un prerrequisito de negocio, no como un trámite posterior: la estructura societaria, la plataforma tecnológica y la comprobación financiera necesitan avanzar en paralelo, porque la autorización solo se otorga cuando los tres bloques están listos al mismo tiempo.

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Ver también

Ley n.º 14.790/2023 (Brasil)

La Ley n.º 14.790/2023 es la norma que reguló las apuestas de cuota fija en Brasil, creando el régimen de licenciamiento federal operado por la Secretaría de Premios y Apuestas (SPA) del Ministerio de Hacienda y estableciendo las obligaciones de tributación, identificación de jugadores, prevención del lavado de dinero y juego responsable que toda operación debe cumplir.

SPA (Secretaría de Premios y Apuestas)

La SPA (Secretaria de Prêmios e Apostas) es el órgano del Ministerio de Hacienda de Brasil responsable de autorizar, regular, monitorear, fiscalizar y sancionar a los operadores de apuestas de cuota fija, aplicando la Ley 14.790/2023 y emitiendo las Portarias que detallan los requisitos técnicos, financieros y de conducta que el sector debe cumplir.

KYC (Know Your Customer)

El KYC (Know Your Customer) es el conjunto de procedimientos que usa una casa de apuestas para verificar la identidad del apostador antes de liberar depósitos, apuestas y retiros, confirmando el CPF, la mayoría de edad y la autenticidad mediante biometría facial — una exigencia de la Ley 14.790/2023 y de las normativas de la SPA/Ministerio de Hacienda para operar en el Brasil regulado.

AML (Anti-Money Laundering / PLD)

El AML (Anti-Money Laundering), tratado en Brasil como PLD (Prevención del Lavado de Dinero), es el conjunto de controles que usa una casa de apuestas para monitorear transacciones, identificar patrones sospechosos y comunicar operaciones atípicas al COAF, la unidad de inteligencia financiera de Brasil, conforme a la Ley 9.613/1998, al artículo 25 de la Ley 14.790/2023 y a la Portaria SPA/MF n.º 1.143/2024 — el par regulatorio que actúa después de que el KYC ya confirmó la identidad del apostador.

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